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Monitoreo del riesgo LA/FT/FPADM

Monitoreo del riesgo LA/FT/FPADM

El SAGRILAFT debe permitirle a las Empresas Obligadas ejercer vigilancia respecto del perfil de riesgo y, en general, estar en condiciones de detectar Operaciones Inusuales y Operaciones Sospechosas..  Esta es la cuarta etapa del sistema,  el “Monitoreo del Riesgo”.  .

 

La Superintendencia de sociedades requiere como mínimo,

  • Realizar el seguimiento periódico y comparativo del Riesgo Inherente y Riesgo Residual de cada Factor de Riesgo LA/FT/FPADM y de los riesgos asociados.
  • Desarrollar un proceso de seguimiento continuo y efectivo que facilite la rápida detección y corrección de las deficiencias del SAGRILAFT. Dicha verificación y revisión debe tener una periodicidad acorde con el perfil de Riesgo Residual de la Empresa Obligada.
  • Hay que asegurar que los controles sean integrales y se refieran a todos los riesgos y que funcionen en forma oportuna, efectiva y eficiente.
  • Hay que asegurar que los Riesgos Residuales se encuentren en los niveles de aceptación establecidos por la Empresa Obligada.

Esta etapa se asimila al Monitoreo y Revisión indicado en la Norma Técnica Colombiana 31000.  La norma nos indica que el monitoreo como la revisión deben ser una parte planificada del proceso para la gestión del riesgo e incluir verificación o vigilancia regulares.

 

En los requisitos de esta etapa podemos incluir:

  • Las responsabilidades deben estar claramente definidas.
  • Se deben comprender todos los aspectos del proceso para la gestión de riesgos.
  • Los resultados del monitoreo del riesgos se deben registrar y reportar interna y externamente.
  • Los resultados deben retroalimentar el sistema.

Finalmente tener en cuenta que para la movilización adecuada de la organización, los resultados se pueden incorporar en las actividades globales del desempeño, medición y reporte externo e interno de la organización.

 

Los principales términos relacionados con esta etapa incluyen:

 

Monitoreo: Verificación, supervisión, observación critica o determinación continua del estado del riesgo con el fin de identificar cambios en el nivel de desempeño requerido o esperado.

 

Revisión: Acción que se emprende para determinar la idoneidad, conveniencia y eficacia de la materia en cuestión para lograr los objetivos establecidos.

 

Reporte del riesgo: Forma de comunicación destinada a informar a las partes involucradas internas y externas, proporcionando información relacionada con el estado del riesgo y su gestión.

 

Compartir el riesgo: Forma de tratamiento del riesgo que implica la distribución pactada del riesgo con otras partes.

 

Registro del riesgo: Registro de la información acerca de los riesgos identificados.

 

Perfil del riesgo: Descripción de cualquier conjunto de riesgos.

 

Auditoría de la gestión del Riesgo: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencia y evaluarla objetivamente con el fin de determinar la extensión hasta la cual el marco de referencia para la gestión del riesgo o cualquier parte seleccionada de este es adecuada y eficaz.

 

Con el fin de garantizar que la gestión del riesgo es eficaz y continua sustentando el desempeño de la organización: mediante:

 

Medición del desempeño con el uso de indicadores, los cuales deben ser revisados periódicamente para determinar su idoneidad.

 

Medir el progreso del plan para la gestión del riesgo y las desviaciones con respecto a este.

 

Revisar periódicamente el marco de referencia, la política y el plan para la gestión del riesgo y las desviaciones con respecto a este.

 

Presentar informes sobre el riesgo, el progreso con el plan para l agestión del riesgo y sobre que tanto se cumple la política para la gestión del riesgo y

Revisar la eficacia del marco de referencia para la gestión del riesgo.



Fuente:
Blogs Portafolio

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